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Montería, 2 de julio de 2025. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el Decreto 0585 de 2025, que establece las reglas para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda para la construcción de vivienda nueva de Interés Social (VIS), bajo las modalidades de autoconstrucción y construcción delegada, orientadas a comunidades organizadas que lideren sus propios proyectos habitacionales.
Este modelo de autogestión comunitaria, promovido por Fonvivienda, está dirigido a hogares de bajos ingresos que no hayan recibido subsidios familiares de vivienda anteriormente (salvo algunas excepciones), estén clasificados dentro de los grupos del Sisbén IV, sean propietarios u ostenten la sana posesión del inmueble donde aspiren construir y estén organizados en entidades legalmente constituidas como Juntas de Acción Comunal, cooperativas de vivienda, cabildos indígenas, consejos comunitarios o similares.
La postulación debe realizarla la organización comunitaria, integrando al menos 10 hogares. En casos excepcionales, donde no existan organizaciones o estas no estén interesadas en participar, las entidades territoriales podrán facilitar el proceso, siempre que los hogares se comprometan a organizarse formalmente y continuar el desarrollo del programa.
El subsidio contempla un valor base de hasta 70 SMMLV, con la posibilidad de aumentar hasta 20 SMMLV adicionales para cubrir costos en zonas de difícil acceso. El desembolso se realizará parcialmente, conforme al avance del proyecto, y será gestionado por una persona natural o jurídica contratada por Fonvivienda, que además brindará asistencia técnica integral a la comunidad.
Las modalidades del programa son:
Autoconstrucción: El desarrollo de las viviendas estará a cargo de la organización comunitaria en calidad de operador de construcción, quien organizará a la comunidad para que, aportando su mano de obra, construyan las viviendas bajo el acompañamiento del prestador de asistencia técnica contratado por Fonvivienda.
Construcción delegada: La organización comunitaria contrata a profesionales o firmas especializadas para el diseño y ejecución del proyecto, permitiendo incluso desarrollos multifamiliares en altura.
Los predios donde se desarrollen los proyectos deben:
Ser de propiedad, posesión regular o tener reconocimiento legal.
Estar libres de conflictos judiciales.
Cumplir con condiciones mínimas de habitabilidad, salubridad y seguridad.
Estar ubicados en zonas urbanizables o aptas para construcción, con acceso o posibilidad de instalar servicios públicos.
Además, cualquier proyecto, incluso en autogestión, debe cumplir con las normas urbanísticas y ambientales establecidas en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) o sus equivalentes.
Cabe recordar que existen restricciones relacionadas con zonas de riesgo, protección ambiental o uso del suelo. Deben contar con licencia de urbanismo y construcción, y en caso de impacto ambiental significativo, se requerirá autorización de la autoridad competente (CAR o ANLA).