La Unidad Investigativa de Revista EXPECTATIVA 41 Años, dio con el Abogado Eduardo González Grisales, quien es el Asesor y Defensor de este prestigioso Comerciante y Empresario, veamos que nos dice al respecto:

1)En la década de los años 80 se inició

en Montería una serie de montajes consecutivos por parte de la brigada 11 de Montería contra Carlos Cerpa, quienes luego que en un retén realizado por las FARC en el año 88 desafortunadamente salieran unas victimas entre ellas un teniente coronel, al otro día la brigada 11 realizo un allanamiento en la residencia del señor Cerpa y en dicho allanamiento le sembró evidencia falsa, afortunadamente el juez 19 Dr. Luis Armando Diaz Berrocal avizoró el infame montaje que la brigada 11 talvez con el afán de vengar la desafortunada muerte del teniente coronel pues según el expediente el retén donde falleció había sido comandado por un apellido Cerpa entonces el juez 19 declaro en oct 26 88 cesación del proceso que se le había montado a Don Carlos después del allanamiento disque por porte ilegal de armas y fabricación de explosivos evidencia que fue plantada por la misma Brigada.

2) Esto desencadeno una persecución por parte de los paramilitares en cabeza de Carlos Castaño que al saber del cuantioso patrimonio de la familia Cerpa ordeno el asesinato de Carlos cerpa, el 26 agosto de 1990, no logrando asesinarlo, pero si desplazándolo forzosamente hacia Bogotá para salvaguardar no solo su vida si no también la de su familia, quedando internado en el hospital militar de Bogotá sufriendo la pérdida total de su vista. En año 97 La fiscalía 17 con informes de inteligencia de la brigada 11 el DAS, la versión del Nelson Celis reinsertado del EPL y para la época agente del DAS abre investigación contra varios comerciantes entre ellos la familia cerpa donde se nota nueva mente como la brigada11 con informes falaces vuelve a intentar involucrar al sr cerpa con las FARC logrando que se le inicie el proceso de extinción de dominio.

3)el fiscal 17 utilizando tres reinsertados del EPL ,informes de inteligencia provenientes de la brigada 11 de Montería y el DAS que acusa de incremento patrimonial injustificado entre el año 94 y 95 a la familia cerpa, la verdad es que si hubo un incremento patrimonial pero justificado porque el gobierno actualizo el avaluó catastral a nivel nacional ley 174 de 1994, incrementando los avalúos de las propiedades de la familia Cerpa es así como la declaración del año 95 se incremento mucho comparada con la del 94 pero por la actualización decretada por el mismo gobierno nacional es decir el incremento si estuvo

justificado pero el fiscal 17 hiso casa omiso y demás del incremento lo acuso de reinsertado del EPL a pesar que cuando pregunto al Ministerio de Justicia por el acta de indulto este le contesto que no existía tal acta y por lo tanto el Sr Carlos Cerpa no era indultado aun así la fiscalía 17 en lugar de decretar la improcedencia de la extinción en contra de la familia cerpa decreta la procedencia enviando a juicio a la familia cerpa Salazar pero sospechosamente no envía el expediente completo pues en el año 2019 revisando el expediente del proceso de extinción que se llevo en el juzgado tercero de extinción de dominio que había sido solicitado por el juzgado 56 en el proceso contra pablo de la cruz Almanza que fue de mandado por la familia cerpa nos dimos cuenta que el oficio donde el ministerio le respondió al fiscal 17 que Don Carlos Cerpa no era indultado no fue allegado al juzgado tercero según constancia secretarial de mismo juzgado tercero.

4)Contra el señor Carlos Cerpa Herrera y su familia se adelantó proceso de extinción de dominio que se siguió en el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Bogotá D.C., y que luego finalizó con sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá D.C.

5)El proceso de extinción de dominio que se siguió en contra de Carlos Cerpa Herrera, estuvo marcado por una serie de irregularidades, vicios y mala fe atribuibles a la Fiscalía General De La Nación, representada por el Fiscal Luis Fernando Castellanos.

6)Se tiene que las irregularidades fueron de tal entidad que lograron que los jueces de instancia fueran engañados a fin de proferir sentencias de extinción de dominio, con las que afectaron el buen nombre, honor, la dignidad y el patrimonio no solo de Carlos Cerpa, sino también de su familia, la cual que como se dijo ya había sido desplazada de la ciudad de Montería por el accionar de grupos al margen de la ley, luego del atentado perpetrado el veintiséis (26) de agosto de 1990, dirigido en contra de Carlos Cerpa, este perdiera la visión como consecuencia de los disparos con arma de fuego que atentaron contra su integridad física, pero esto último, solo fue la antesala de una serie de persecuciones que más adelante conllevaría a la perdida injustamente de los bienes que había adquirido como consecuencia de su trabajo por muchos años.

7)Se tiene entonces, que al proceso de extinción de dominio seguido en contra de la familia Cerpa Salazar, se allegaron una serie de elementos materiales probatorios y evidencias físicas que supuestamente daban fe de la actividad ilícita del señor

Cerpa Herrera, a quien acusaron de ser testaferro de los entonces E.P.L y las F.A.R.C., y de proveer telas para los grupos armados antes mencionados.

8)Como parte del entramado diseñado en contra de la familia Cerpa Salazar, el representante de la Fiscalía General de la Nación, tuvo contactos con ex miembros del E.P.L., esto es con los señores Nelson Elías Celis Giraldo, David Derly Luna Pastrana y Pablo de la Cruz Almanza, a quienes les prometieron sumas de dinero con la intención de que faltaran a la verdad en el respectivo proceso de extinción de dominio, tarea que fue cumplida a cabalidad, puesto que los señores antes mencionados dieron testimonios alejados a la realidad en los que aprovechando que fueron desmovilizados del E.P.L., manifestaron ante las autoridades competentes que vieron como supuestamente el señor Carlos Cerpa recibía sumas de dineros en tulas, mismas que aparentemente habían sido adquiridas como productos de actividades delincuenciales del E.P.L. y de las F.A.R.C.

9)Además de los testimonios de los señores Nelson Elías Celis Giraldo, David Derly Luna Pastrana y Pablo de la Cruz Almanza cabe señalar que estos señores dos de ellos fueron condenados y el ultimo se encuentra en proceso de serlo, la fiscalía allegó una serie de documentos que no correspondían a la realidad, ello con la firme intención de engañar a los jueces de la república, se tiene entonces que los documentos falsos aportados al proceso de extinción de dominio fueron los siguientes:

(i) Informe No. 429 del veintiuno (21) de julio de 1997, expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S., por medio del cual, se informó que los bienes y establecimientos de comercio como el HOTEL LA MODERNA, HIOSPEDAJE EL EMBAJADOR, HOTEL EL DORADO, HOTEL COUNTRY, de propiedad de Carlos Cerpa habían sido adquiridos con dineros provenientes de actividades ilícitas como el testaferrato, dicho informe se fundamentó en información suministrada por NELSON ELÍAS CELIS GIRALDO (para la época funcionario del D.A.S.), DOMINGO RAMÓN BEDOYA CORDOVA, EDINSON MANUEL GONZALEZ SOTO y RIGOBERTO MIGUEL MARTINEZ PERALTA, personas que posteriormente fueron condenadas en distintos procesos por los punibles de fraude procesal y falso testimonio

(ii) Oficio br11-b2-int-252 del cinco (5) de febrero de 2001, expedido por la Decimoprimera Brigada del Ejército Nacional de Colombia, mediante el cual falsamente se informó que Carlos Cerpa fungió como tesorero por más de diez (10) años de la Cuadrilla (18) de las

Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia F.A.R.C., y que gracias a esa función, adquirió propiedades y establecimientos comerciales que fueron aparentemente manejados a través de la fachada denominada “INVERSIONES MACONDO”.

Esperen amables lectores de Revista EXPECTATIVA, la continuación de este proceso:

 

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