El pasado 3 de marzo del presente año, en la casi bicentenaria Universidad del Cauca, con presencia de miles de jóvenes universitarios, en conjunto con los distintos estamentos del Sistema Universitario Estatal; el señor presidente de la república sancionó la Ley No 2568 «por la cual se modifica parcialmente el capítulo V del título III de la Ley 30 de 1992 y, se dictan otras disposiciones» con relación a los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992, para financiar los presupuestos de las universidades estatales u oficiales; incluyendo las instituciones técnicas y tecnológicas públicas; construyendo de esta forma, un nuevo modelo de financiamiento de la universidad pública.
Esta reforma era un clamor y necesidad convertida en una reivindicación de la educación superior pública, que representa luchas y movilizaciones de generaciones de jóvenes, profesores, trabajadores y rectores. Con la sanción de la ley que reformó los artículos 86 y 87, se logra una reivindicación y un avance significativo en la materialización de la educación como bien público y derecho fundamental.
Importante indicar que el modelo de asignación y distribución de recursos financieros para las universidades que conforman el Sistema Universitario Estatal –SUE vigente, contiene varios componentes: el presupuesto destinado al funcionamiento e inversión. Los recursos de funcionamiento orientados al crecimiento sostenible y provistos por el Estado para el funcionamiento de las universidades públicas, que constan de cuatro factores: presupuesto para el funcionamiento con ajustes por diferenciales salariales, productividad docente; aumentos de cobertura y cierre de brechas interinstitucionales. Estos recursos financieros están soportados en un indicador de transferencia, el IPC. Precisamente, los recursos para funcionamiento crecen por encima de los transferidos por la Nación. En este sentido, el SUE construyó en conjunto con el MEN. Un nuevo modelo de asignación de recursos financieros para la sostenibilidad de las universidades estatales; que impida los déficits anuales originados en los costos educativos superiores al IPC. Estos costos, han producido el desfinanciamiento estructural de la universidad pública y una tendencia progresiva a la autosostenibilidad. La ley sancionada, construyó un nuevo indicador de transferencia de recursos financieros denominado el Ices (Índice de Costo de la Educación Superior) como modelo de transferencias para la asignación estatal de recursos al SUE; que reemplaza el IPC. Este nuevo indicador reconoce la complejidad del sistema y su diversidad, a la vez que, propende por el cierre de brechas regionales, institucionales y sociales. El nuevo modelo recoge las experiencias vividas por el sistema, desde la aprobación de la Ley 30 de 1992. Con incrementos en cobertura, al pasar de 159.218 estudiantes en el año 1993 a 687.365 estudiantes en 2023; esta ampliación de cobertura, está acompañada de otros cambios como la formación de los profesores, investigación, internacionalización, acreditación institucional y programas académicos. Este crecimiento implicó un proceso de mejoramiento en los factores que constituyen la política de aseguramiento de la calidad. Todos los costos asociados a la educación superior pública de calidad, tienen crecimientos superiores al IPC; generando un desfinanciamiento estructural.
Cabe señalar que, el actual modelo de transferencia de recursos financieros de la Nación a las universidades públicas, estaba soportado en el IPC; insuficiente para el financiamiento del SUE. Por consiguiente, el nuevo modelo de financiamiento, corrige el desfinanciamiento y permite la sostenibilidad. La aprobación y sanción de la ley hace posible un modelo de financiamiento de la universidad pública y con ello, un escenario de ampliación de cobertura con enfoque territorial, vinculación de nuevos docentes y trabajadores que soporten el crecimiento sostenible de las IES públicas; además, mejorar y fortalecer los aspectos misionales de las universidades y los procesos de acreditación que garanticen y brinden una educación de calidad y pertinente.
El paso siguiente es la reglamentación de la Ley, que permita cerrar brechas e inequidades financieras entre las universidades públicas. Es necesario hacer el reconocimiento al país político representado en el Congreso de la República; de este modo, actuar en sintonía con las demandas y necesidades de la educación superior pública, en especial, responder a la juventud colombiana. Igualmente, el liderazgo del Ministerio de Educación y la voluntad política del presidente de la república; asimismo, a todos los estamentos del Sistema Universitario Estatal: estudiantes, profesores, trabajadores y rectores.
