El Juzgado Primero Civil Municipal de Bogotá sancionó al acordeonero Rafael Ricardo Barrios con la medida de arresto de dos (2) días y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 3 millones de pesos, que deberá pagar dentro de los próximos cinco (5) días al Consejo Superior de la Judicatura.

La decisión se dio en el marco del trámite incidental que declaró en Desacato al reconocido intérprete del acordeón, por el incumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional en Sentencia SU 420 del 12 de septiembre de 2019 que le amparó el derecho a la honra y al buen nombre del reconocido compositor y abogado, actual Vicepresidente de La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO, Rafael Manjarrez.

El Juez Primero del Circuito de Bogotá,  Eduardo Andrés Cabrales Alarcón advirtió en la decisión, que “pese haber transcurrido un tiempo prudencial desde el proferimiento y ejecutoria de la orden impartida por la Corte Constitucional, el incidentado RAFAEL GUILLERMO RICARDO BARRIOS vulnera los derechos al buen nombre y honra de RAFAEL ENRIQUE MANJARREZ MENDOZA, como quiera que, si bien es cierto, cumplió con el retiro de varios mensajes alusivos al accionante, no es menos cierto que, el cumplimiento de la sentencia de tutela fue parcial, pues a pesar de haber eliminado varios mensajes alusivos al accionante publicados en sus redes sociales de Facebook y Google LLC (YouTube) en los términos de la sentencia de Unificación 420 de 2019 proferida por la Corte Constitucional, lo cierto es que, existe desobediencia frente a la advertencia hecha por el alto Tribunal consignada en el numeral quinto de la sentencia en comento, esto es “ (…) que a futuro se abstenga de incurrir en conductas similares a las expuestas. Todo lo anterior, so pena de activar el contenido del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991”.

Información para los lectores de Revista EXPECTATIVA 41 Años

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *